Aranceles

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TABLA DE ARANCELES ARBITRALES

REF.UIT vigente para el 2025 (S/. 5350.00)

Desalojo y/o cobro de arriendos
El equivalente a un mes de renta o un mínimo del 25% de la UIT (S/.  1,337.50 Soles) lo que resulte mayor.
Cualquier otra demanda materia de conocimiento de este tribunal.

Cualquier otra demanda materia de conocimiento del  tribunal arbitral:

El equivalente mínimo del 30% de la UIT si la demanda no es cuantificable en monto esto es S/. 1,605.00 Soles y de ser cuantificable se aplicará la tasa subsiguiente.

Procesos en general con un solo arbitro

  • Mínimo: S/1,337.50 Soles, o 4% del monto demandado hasta S/.150,000.00 Soles, esto es S/6,000.00 Soles, lo que resulte mayor.
  • A partir de S/150,001.00 se pagará un mínimo de S/6,000.00 Soles y sobre el exceso hasta S/300,000.00 el 3% del monto demandado, esto es S/4,500.00 Soles adicional.
  • A partir de S/300,001.00 Soles y cualquiera que sea el monto demandado se pagará además del mínimo alcanzado de S/10,500.00 Soles, el 2.5% del exceso por encima de este tercer y último tramo.

Nuestras cuentas corrientes BCP son:

Cuenta Corriente Soles
 191-8091317-0-72
Cuenta Corriente Dólares
191-9747205-1-24
Cuenta Interbancaria Corriente Soles
002 191 0080913 1707258

Reglamento adecuado a la nueva ley de arbitraje Decreto legislativo  Nº1071 y sus modificatorias, vigente a partir del 13 de febrero del 2017 y su Modificatoria D.Leg.1231.